Disfruta este espacio natural protegido de una manera respetuosa

Infórmate sobre la normativa de uso público del Parque Natural Alto Tajo, especialmente en los meses de verano

La creación de un parque natural implica una normativa de obligado cumplimiento para los visitantes. Además, en los meses de julio y agosto, la dirección del Parque Natural y algunos de los ayuntamientos crean normas especiales para mejorar la experiencia de visitantes y residentes, además de disminuir riesgos de incendios.

PRINCIPAL NORMATIVA DE USO PÚBLICO EN EL ÁREA DE USO INTENSIVO DEL CAÑÓN DEL ALTO TAJO DURANTE LOS MESES DE JULIO Y AGOSTO

  1. En las pistas de uso intensivo del Parque Natural del Alto Tajo, en los municipios de Peñalén, Poveda de la Sierra, Taravilla y Zaorejas, sólo se permite el estacionamiento de vehículos a motor en los lugares autorizados y debidamente marcados para ello. Excepto excepciones, y/o autorizaciones expresas, el horario autorizado de aparcamiento será de 7:00 a 21:00h.
  2. Se limita el acceso para los vehículos a motor en el tramo de la pista del Tajo comprendida entre el área recreativa “LA FALAGUERA” (Zaorejas) hasta el área recreativa “EL VIVERO” (Peñalén) durante todos los días de julio y agosto, así como los días de alto riesgo de incendios. Se permite el acceso a este tramo a visitantes con bicicletas de cualquier tipo y a pie, así como a los vehículos autorizados de servicios y de vecinos de Zaorejas y Peñalén. Estos ayuntamientos gestionarán los pases (autorizaciones) de sus vecinos, incluyendo a los visitantes alojados en los establecimientos de sus respectivos municipios.
  3. Los visitantes que quieran recorrer la pista del Tajo entre el 1 de julio y el 31 de agosto dentro de los municipios de Taravilla, Zaorejas, Poveda y Peñalén deberán realizar una reserva de aparcamiento utilizando el sistema de reservas incluido en este sitio web. Se permite el acceso a este tramo a visitantes con bicicletas de cualquier tipo y a pie, así como a los vehículos autorizados de servicios y de vecinos de Taravilla, Zaorejas, Poveda y Peñalén. Estos ayuntamientos gestionarán los pases (autorizaciones) de sus vecinos, incluyendo a los visitantes alojados en los establecimientos de sus respectivos municipios.
  4. El acceso al Parque Natural del Alto Tajo de autobuses de visitas organizadas fuera de los cascos urbanos requiere autorización del Parque, se solicitará con 15 días hábiles de antelación, estará sujeto a tasas y sólo se autorizará de lunes a viernes. Puede hacerse de forma telemática en este enlace: https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=sjlz. La carga y descarga de pasajeros por vehículos (autobuses y furgonetas) de alta capacidad (más de 7 personas) no autorizados será sancionado, siendo el responsable el propietario del vehículo.

Tabla con información detallada sobre los aparcamientos autorizados en el cañón del Tajo (municipios de Zaorejas, Peñalén, Poveda y Taravilla):

PRINCIPAL NORMATIVA DE USO PÚBLICO DENTRO DEL PARQUE NATURAL DEL ALTO TAJO DURANTE TODO EL AÑO

  1. Queda prohibido el montaje y desmontaje de elementos de sombra, hamacas, mesas, sillas y cualquier otro mobiliario.

  2. Queda prohibido dañar, sustraer o inutilizar las infraestructuras de uso público, las cuales se deberán utilizar de manera que no impida ni entorpezca el uso ni el disfrute por parte de otras personas.

  3. Queda prohibido el uso de altavoces y cualquier volumen de ruido que supongo molestia para otros usuarios y para la fauna silvestre.

  4. Se prohíbe el uso de todo tipo de aceites bronceadores, detergentes y jabones y lejías, así como el vertido de cualquier tipo de residuos al medio natural.

  5. Queda prohibido fumar, encender fuego ni cocinar con gas u otro combustible en el monte ni en ninguna instalación de uso público en época de riesgo alto de incendios, de junio a septiembre.

  6. Los perros, en las zonas de uso público intensivo como las que nos ocupan, deberán estar atados con correa y en cualquier caso el dueño será responsable de posibles daños sobre el medio natural y/o el resto de usuarios.

  7. No existe servicio de recogida de basuras en el Parque, por tanto, los visitantes deberán llevarse la basura que generen al contenedor correspondiente más cercano situado en los cascos urbanos.

  8. Queda prohibida la pernocta con ningún vehículo en el Parque, con la excepción de las autocaravanas y campers en las áreas designadas para este fin en el Puente de San Pedro.

  9. La velocidad de circulación no podrá ser mayor de 30 Km /h respetando en todo caso a los visitantes que circulan caminando o en bicicleta.

  10. Los vehículos deberán cumplir la normativa general de aplicación para prevenir la contaminación acústica. Está prohibido el uso de claxon o sirenas, salvo fuerza mayor.

  11. Se prohíbe la práctica del motocross y la circulación de motos de trial, enduro y quads por el interior del Parque Natural.

  12. No está permitida la circulación de vehículos a motor campo a través.